Lo adquirido entre la separación de hecho y el divorcio NO se divide
Bienes Gananciales Anómalos
Los bienes gananciales adquiridos con posterioridad a la Separación de Hecho por un tiempo prudencial serán en el mejor de los casos llamados: BIENES GANANCIALES ANÓMALOS; Estos bienes son aquellos no sujetos a división entre los esposos, se estimarán como propios o, si se quiere, bienes gananciales no repartibles.
Por mas que la sociedad conyugal subsista luego de una separación de hecho, los jueces han establecido que: «ello no impide que la calificación de los bienes adquiridos con posterioridad a ella se realice de una manera diferenciada».